El divorcio puede tramitarse de mutuo acuerdo o mediante un procedimiento contencioso. La diferencia no está en la posibilidad de divorciarse, sino principalmente en quién decide las consecuencias de la ruptura.
En EBAN Abogados asesoramos y defendemos a nuestros clientes tanto en divorcios de mutuo acuerdo como en procedimientos contenciosos, valorando desde el inicio qué cuestiones pueden negociarse y cuáles requieren, en su caso, una decisión judicial.
Alcanzar un acuerdo suele permitir una solución más rápida y adaptada a las circunstancias de la familia, pero el acuerdo no debe convertirse en un objetivo a cualquier precio. Cuando las posiciones son incompatibles o una negociación prolongada perjudica los intereses del cliente, puede resultar necesario acudir al procedimiento contencioso.
Mutuo acuerdo y divorcio contencioso
- Diferencias entre mutuo acuerdo y contencioso
- Divorcio de mutuo acuerdo
- Cuando todavía no existe un acuerdo
- Negociación entre las partes y sus abogados
- El convenio regulador
- Divorcio contencioso
- ¿Puede divorciarse si su cónyuge se opone?
- Hijos, vivienda y medidas económicas
- Medidas provisionales
- De contencioso a mutuo acuerdo
- Duración, costes y consecuencias prácticas
- Elegir la estrategia adecuada
Diferencias entre divorcio de mutuo acuerdo y divorcio contencioso
En España no es necesario que ambos cónyuges estén de acuerdo para que pueda producirse el divorcio. La diferencia fundamental entre ambas modalidades se encuentra en la forma en que se determinan sus consecuencias.
En un divorcio de mutuo acuerdo, los cónyuges alcanzan un acuerdo sobre las medidas que deben regular su situación después de la ruptura y lo someten a la correspondiente aprobación o formalización.
En un divorcio contencioso, por el contrario, existe desacuerdo sobre una o varias de esas cuestiones y será el órgano judicial quien deba resolverlas después de escuchar a las partes y valorar las pruebas aportadas.
La elección entre ambas vías no tiene por qué producirse definitivamente al comienzo del conflicto. Una negociación puede conducir a un mutuo acuerdo y un procedimiento inicialmente contencioso puede finalizar posteriormente mediante acuerdo.
Divorcio de mutuo acuerdo
El divorcio de mutuo acuerdo permite que sean los propios cónyuges quienes determinen, dentro de los límites legales, las principales consecuencias de la ruptura.
Puede resultar especialmente conveniente cuando existe capacidad para negociar cuestiones relativas a los hijos, la vivienda familiar, los alimentos, las relaciones económicas entre los cónyuges y, en su caso, determinadas cuestiones patrimoniales.
El mutuo acuerdo suele reducir el grado de confrontación y permite diseñar soluciones más adaptadas a las circunstancias concretas de la familia que las que necesariamente debe establecer un tribunal cuando las partes mantienen posiciones enfrentadas.
Pero un divorcio de mutuo acuerdo no significa que todo estuviera acordado desde el principio. Con frecuencia los cónyuges comienzan con diferencias importantes y el acuerdo es precisamente el resultado de la negociación desarrollada antes o durante el procedimiento.
Cuando todavía no existe un acuerdo
No es necesario elegir inmediatamente entre aceptar las condiciones propuestas por la otra parte o iniciar un procedimiento contencioso.
Cuando existe margen razonable para ello, puede abrirse una fase de negociación destinada a identificar las cuestiones sobre las que ya existe coincidencia y aquellas que continúan siendo controvertidas.
A veces las diferencias iniciales son menores de lo que parecen. En otras ocasiones, sin embargo, las posiciones sobre custodia, vivienda, alimentos, patrimonio u otras cuestiones son difícilmente compatibles.
El objetivo del asesoramiento jurídico consiste también en determinar si existe realmente espacio para alcanzar un acuerdo o si continuar negociando únicamente está retrasando una decisión inevitable.
Negociación entre las partes y sus abogados
La negociación de un divorcio debe permitir transformar un conflicto personal en cuestiones jurídicas concretas susceptibles de acuerdo.
La intervención de los abogados puede facilitar este proceso identificando las consecuencias de cada propuesta, formulando alternativas y evitando que determinadas decisiones se adopten únicamente como consecuencia de la tensión existente entre los cónyuges.
Negociar adecuadamente tampoco significa prolongar indefinidamente las conversaciones. Debe existir un equilibrio entre agotar las posibilidades razonables de acuerdo y evitar que una negociación sin perspectivas se convierta en una forma de paralizar la situación.
Cuando existe un acuerdo suficiente, este puede plasmarse en el correspondiente convenio regulador y tramitarse el divorcio de mutuo acuerdo.
El convenio regulador
El convenio regulador recoge las medidas acordadas por los cónyuges y constituye una pieza esencial del divorcio de mutuo acuerdo.
Dependiendo de las circunstancias familiares, puede regular cuestiones relativas a los hijos, guarda y custodia, períodos de estancia y comunicaciones, alimentos, vivienda familiar, cargas familiares, pensión compensatoria y otras consecuencias económicas.
Su redacción debe ser suficientemente clara para que las partes sepan qué obligaciones asumen y para reducir el riesgo de conflictos posteriores sobre su interpretación.
Más información sobre el convenio regulador →
Divorcio contencioso
Cuando los cónyuges no consiguen alcanzar un acuerdo, cualquiera de ellos puede promover un procedimiento de divorcio contencioso.
En este procedimiento cada parte plantea las medidas que considera adecuadas y aporta los hechos, documentos y demás pruebas en los que fundamenta su posición.
Será finalmente el tribunal quien determine las medidas controvertidas conforme a la legislación aplicable y a las circunstancias acreditadas en el procedimiento.
La preparación de un divorcio contencioso exige, por tanto, algo diferente de la negociación de un convenio: es necesario determinar desde el principio qué se solicita, por qué se solicita y cómo puede acreditarse.
¿Puede divorciarse si su cónyuge se opone?
Sí. Con carácter general, el divorcio no depende del consentimiento del otro cónyuge.
La oposición de uno de los esposos puede impedir que el procedimiento se tramite de mutuo acuerdo, pero no puede obligar al otro a permanecer indefinidamente casado.
Cuando no existe acuerdo, el divorcio puede solicitarse judicialmente y será el tribunal quien resuelva las cuestiones sobre las que las partes mantengan posiciones diferentes.
Por ello, conviene distinguir entre oponerse al divorcio y discrepar sobre sus consecuencias. En la práctica, la controversia suele concentrarse en las medidas familiares o económicas que deben establecerse tras la ruptura.
Hijos, vivienda y medidas económicas
En un divorcio contencioso, la discusión puede afectar a una o varias de las medidas que deben regular la situación familiar.
Cuando existen hijos menores, pueden resultar controvertidas cuestiones relativas a la guarda y custodia, los períodos de convivencia, las comunicaciones, los alimentos o determinadas decisiones relevantes para los menores.
También pueden existir discrepancias sobre el uso de la vivienda familiar, la pensión compensatoria, la contribución a determinadas cargas y otras consecuencias económicas de la ruptura.
No todas estas cuestiones responden a los mismos criterios jurídicos. Por ello deben analizarse individualmente y, al mismo tiempo, dentro del equilibrio general de medidas que resultará del divorcio.
Medidas provisionales
Un procedimiento de divorcio puede necesitar tiempo para resolverse, pero determinadas cuestiones familiares no siempre pueden esperar hasta la sentencia definitiva.
Cuando las circunstancias lo requieren, puede ser necesario solicitar medidas provisionales destinadas a regular temporalmente aspectos esenciales mientras se tramita el procedimiento.
Estas medidas pueden referirse, entre otras cuestiones, a los hijos, la utilización de la vivienda familiar, los alimentos y otras obligaciones que necesiten una regulación inmediata.
La conveniencia de solicitarlas debe valorarse en cada caso. No todo procedimiento contencioso necesita medidas provisionales, pero en determinadas situaciones resultan fundamentales para evitar que la ausencia de regulación prolongue o agrave el conflicto.
¿Puede un divorcio contencioso convertirse en mutuo acuerdo?
Sí. El inicio de un procedimiento contencioso no impide que los cónyuges alcancen posteriormente un acuerdo.
De hecho, en numerosos asuntos las posiciones evolucionan después de iniciarse el procedimiento. La documentación disponible, las propuestas intercambiadas y una valoración más precisa de las posibles consecuencias judiciales pueden facilitar un acercamiento.
Si se alcanza un acuerdo suficiente, puede adaptarse la tramitación a la nueva situación conforme a las posibilidades procesales existentes.
Por ello, presentar una demanda contenciosa no significa necesariamente renunciar a negociar. En determinados casos, incluso puede contribuir a delimitar claramente las posiciones y permitir posteriormente una solución acordada.
Duración, costes y consecuencias prácticas
Un divorcio de mutuo acuerdo suele requerir una tramitación más sencilla que un procedimiento contencioso, pero no resulta prudente establecer un plazo universal: la duración depende del procedimiento aplicable, del órgano competente y de sus circunstancias concretas.
En un procedimiento contencioso puede ser necesaria una actividad procesal y probatoria considerablemente mayor, especialmente cuando existen controversias sobre hijos, patrimonio o circunstancias económicas.
Esto puede repercutir tanto en la duración como en el coste del procedimiento.
Sin embargo, el coste o la rapidez no deberían analizarse aisladamente. Un acuerdo inadecuado asumido únicamente para terminar rápidamente puede producir consecuencias económicas o familiares mucho más importantes a largo plazo.
Elegir la estrategia adecuada
No existe una modalidad de divorcio que sea siempre mejor que la otra.
Cuando existe posibilidad de alcanzar un acuerdo equilibrado, nuestra actuación se orienta a facilitarlo y a dotarlo de seguridad jurídica. Cuando las posiciones son incompatibles, existe una situación de especial conflicto o continuar negociando puede perjudicar al cliente, preparamos la defensa para el procedimiento judicial.
La decisión debe adoptarse después de conocer la situación familiar, económica y patrimonial, las posiciones de ambas partes y las posibilidades reales de acreditar aquello que eventualmente deba plantearse ante el tribunal.
En EBAN Abogados entendemos la negociación y el litigio como instrumentos distintos dentro de una misma estrategia: alcanzar un acuerdo cuando resulta razonable y defender judicialmente al cliente cuando resulta necesario.
Abogados de divorcio de mutuo acuerdo y contencioso
Prestamos asistencia desde las primeras negociaciones hasta la preparación del convenio regulador o, cuando el acuerdo no resulta posible, la defensa durante el procedimiento contencioso.
Como bufete multidisciplinar, podemos abordar también las cuestiones patrimoniales, inmobiliarias, societarias, fiscales o internacionales relacionadas con la ruptura matrimonial.
Las consultas iniciales son gratuitas. Antes de iniciar cualquier actuación analizamos la situación, las posibilidades de acuerdo y las alternativas procesales existentes.
También puede consultar:
- Divorcio y Derecho Matrimonial
- Convenio regulador
- Liquidación de gananciales
- Modificación de medidas
El mutuo acuerdo es preferible cuando permite alcanzar una solución razonable. Cuando no es posible, prolongar indefinidamente una negociación tampoco resuelve el conflicto.
EBAN Abogados
Divorcio de mutuo acuerdo · Divorcio contencioso · Derecho Matrimonial · Familia