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17 agosto, 2026
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Seguridad Social

En EBAN Abogados asesoramos y representamos en procedimientos
relacionados con prestaciones, pensiones, incapacidades y situaciones de alta
o afiliación ante la Seguridad Social.Intervenimos tanto en la vía administrativa como en la jurisdicción social
cuando existe una denegación, revisión o controversia sobre el reconocimiento
de un derecho.

Incapacidad laboral

Asesoramos en procedimientos relacionados con el reconocimiento de situaciones
de incapacidad y con la revisión de las decisiones adoptadas por el Instituto
Nacional de la Seguridad Social.

Nuestra intervención puede comprender:

  • Incapacidad permanente parcial.
  • Incapacidad permanente total para la profesión habitual.
  • Incapacidad permanente absoluta.
  • Gran incapacidad.
  • Revisión del grado de incapacidad.
  • Denegación de prestaciones por incapacidad.
  • Impugnación de resoluciones administrativas.
  • Reclamaciones previas y procedimientos ante los Juzgados de lo Social.

En este tipo de asuntos resulta esencial analizar conjuntamente la situación
médica, las limitaciones funcionales, la profesión habitual y los requisitos
exigidos por la normativa de Seguridad Social.

Impugnación de expedientes de incapacidad

Intervenimos cuando la Administración deniega el reconocimiento de una
incapacidad, reconoce un grado inferior al solicitado o revisa una situación
previamente reconocida.

Estudiamos el expediente administrativo, los informes médicos y profesionales
y las circunstancias concretas del trabajador para determinar la viabilidad
de una reclamación.

Cuando procede, formulamos la correspondiente reclamación previa y ejercitamos
posteriormente la acción judicial ante la jurisdicción social.

Pensiones y prestaciones de Seguridad Social

Asesoramos en procedimientos dirigidos al reconocimiento de pensiones y
prestaciones cuando la Administración las deniega, limita su cuantía o
cuestiona el cumplimiento de los requisitos exigidos.

Entre otras materias, intervenimos en:

  • Pensiones de jubilación.
  • Pensiones de viudedad.
  • Pensiones de orfandad.
  • Prestaciones derivadas de incapacidad.
  • Denegaciones de pensiones o prestaciones.
  • Revisión de resoluciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
  • Reclamaciones sobre cuantías, periodos de cotización y requisitos de acceso.

Pensión de viudedad y situaciones familiares complejas

La pensión de viudedad puede plantear dificultades específicas cuando no existe
matrimonio, existen periodos de convivencia no formalizados o concurren
circunstancias familiares que requieren una acreditación especialmente
rigurosa.

En estos asuntos analizamos la relación existente entre las partes, la
convivencia, la dependencia económica y los restantes requisitos legalmente
exigibles para determinar si existe derecho a la prestación.

La ausencia de matrimonio no implica necesariamente, por sí sola, la
imposibilidad de acceder a una prestación, pero obliga a examinar con especial
cuidado la situación jurídica y probatoria de cada caso.

Denegación de pensiones

Cuando una pensión de jubilación, viudedad, orfandad u otra prestación es
denegada, estudiamos los motivos de la resolución y la documentación utilizada
por la Administración.

Analizamos, entre otras cuestiones:

  • Periodos de cotización.
  • Situaciones de alta o asimiladas al alta.
  • Base reguladora.
  • Existencia de determinados vínculos familiares.
  • Requisitos económicos.
  • Compatibilidades e incompatibilidades.
  • Documentación acreditativa aportada al expediente.

Cuando existe fundamento jurídico para ello, formulamos las reclamaciones
necesarias para obtener el reconocimiento de la prestación.

Altas, afiliación y cotización en la Seguridad Social

También intervenimos en controversias relacionadas con el alta de trabajadores
y el reconocimiento de periodos de actividad laboral.

Podemos actuar, entre otras situaciones, cuando:

  • El empleador no ha tramitado correctamente el alta del trabajador.
  • Existen periodos trabajados que no constan adecuadamente en la Seguridad
    Social.
  • Se discute la fecha real de inicio de la relación laboral.
  • Existen discrepancias sobre las bases o periodos de cotización.
  • La Seguridad Social cuestiona o anula un alta previamente comunicada.

Estas situaciones pueden tener consecuencias relevantes sobre el acceso a
prestaciones, la vida laboral, la cotización acumulada y la situación
administrativa del trabajador.

Anulación de altas por la Seguridad Social

En determinados expedientes, la Tesorería General de la Seguridad Social puede
considerar que la relación laboral declarada no ha existido realmente y
proceder a revisar o anular el alta del trabajador.

Este tipo de actuaciones exige analizar la realidad de la prestación de
servicios, la documentación contractual, los pagos realizados, la organización
del trabajo y cualquier otro elemento que permita acreditar la existencia
efectiva de la relación laboral.

La anulación de un alta puede afectar no solo a los derechos laborales y de
Seguridad Social, sino también a otros ámbitos jurídicos.

Seguridad Social y extranjería

Las controversias relativas al alta, la cotización o la existencia de una
relación laboral pueden tener una incidencia directa en determinados
procedimientos de extranjería.

La acreditación de una relación laboral real, de determinados periodos de
cotización o de una situación de alta puede resultar relevante para
procedimientos administrativos relacionados con residencia y trabajo.

Por ello, cuando un expediente presenta elementos laborales, de Seguridad
Social y de extranjería, abordamos el asunto desde una perspectiva coordinada,
evitando analizar cada cuestión de manera aislada.

Defensa ante la Seguridad Social

Los procedimientos de Seguridad Social requieren un análisis preciso de los
antecedentes administrativos, los periodos de cotización, la documentación
médica o laboral y los requisitos específicos de cada prestación.

En EBAN Abogados estudiamos cada expediente de forma
individualizada y definimos la estrategia adecuada tanto en vía administrativa
como, cuando resulta necesario, ante los Juzgados de lo Social.

Consúltenos su caso

Contacte con nuestro equipo para obtener una primera valoración de su asunto
en materia de Seguridad Social.


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