¿Tiene un abogado que hablar como un abogado? La comunicación jurídica en España y USA

Cómo cambian la autoridad, el tono y el lenguaje jurídico cuando cambia la audiencia: una comparación entre España y Estados Unidos.

Una mirada comparada a la autoridad profesional, el lenguaje claro y las distintas formas de comunicar el Derecho en España y Estados Unidos.

Introducción

Existe una forma de hablar que identificamos inmediatamente con un abogado.

No depende únicamente de lo que dice. También depende de cómo lo dice.

Determinadas expresiones, construcciones particularmente solemnes, tecnicismos, fórmulas procesales y algún latinismo oportunamente situado forman parte de un lenguaje profesional que durante generaciones ha servido también para transmitir autoridad.

No hay nada necesariamente malo en ello.

El Derecho es una disciplina técnica y necesita un lenguaje técnico. El problema comienza cuando confundimos ambas cosas y suponemos que cuanto más jurídica parece una frase, más Derecho contiene.

La cultura jurídica estadounidense lleva décadas planteándose esta cuestión desde una perspectiva especialmente pragmática. El movimiento del plain language, las recomendaciones sobre escritura jurídica y la propia evolución de la comunicación de los law firms han favorecido un lenguaje profesional más directo, sin que ello implique necesariamente renunciar al rigor técnico.

La comparación con España resulta interesante porque tampoco aquí hablamos siempre de la misma manera.

Un abogado no utiliza el mismo registro al redactar un recurso, informar oralmente ante un tribunal, explicar un problema a un cliente o escribir un artículo para la página de su despacho.

Puede incluso cambiar de registro dentro de una misma intervención.

«Discúlpeme, señoría; dicho en términos más castizos…»

Lo que sigue después puede ser bastante menos solemne que lo anterior y, sin embargo, explicar mucho mejor el argumento.

Este artículo analiza esa capacidad de cambiar de registro desde una perspectiva comparada entre la práctica española y estadounidense. No se trata de defender que los abogados debamos dejar de hablar como abogados.

La cuestión es bastante más sencilla:

¿Cuándo necesitamos hacerlo?


Contenido


1. ¿Cómo se supone que debe hablar un abogado?

La pregunta parece trivial hasta que intentamos contestarla.

El lenguaje jurídico cumple varias funciones simultáneamente.

La primera es técnica. El Derecho necesita conceptos precisos y esos conceptos necesitan nombres. Prescripción, caducidad, legitimación, litispendencia, cosa juzgada o responsabilidad objetiva no son complicaciones lingüísticas inventadas para dificultar la vida del ciudadano. Son categorías jurídicas y, como tales, permiten comunicar determinada información con precisión.

Existe, sin embargo, una segunda función menos evidente.

El lenguaje jurídico también comunica que estamos hablando de Derecho.

Las profesiones desarrollan sus propios códigos y esos códigos terminan convirtiéndose en señales de pertenencia y autoridad.

Los abogados no somos una excepción.

Una determinada construcción sintáctica, una fórmula procesal o una expresión latina correctamente empleada pueden indicar inmediatamente que quien habla conoce el código profesional.

El problema aparece cuando el código deja de servir al razonamiento y el razonamiento comienza a servir al código.

Una proposición relativamente sencilla puede entonces recorrer un camino extraordinariamente largo antes de llegar a su destinatario.

Y no necesariamente será más precisa cuando llegue.

La solemnidad como señal de autoridad

El fenómeno tampoco puede reducirse a una peculiaridad española.

La tradición jurídica estadounidense ha conocido —y sigue conociendo— su propio legalese. Contratos, resoluciones, escritos procesales y documentos profesionales han conservado durante generaciones expresiones heredadas cuyo valor no siempre reside en que sean indispensables para comprender la norma o el negocio jurídico.

Parte de la evolución contemporánea de la escritura jurídica estadounidense consiste precisamente en separar ambas funciones.

Una cosa es el término técnico.

Otra, la solemnidad innecesaria.

La diferencia puede parecer pequeña, pero tiene consecuencias importantes.

Un abogado que elimina un tecnicismo necesario puede estar perdiendo precisión.

Un abogado que elimina diez palabras que no aportaban nada puede estar ganándola.

La autoridad no desaparece porque la frase se entienda

Existe además una paradoja profesional interesante.

A veces consideramos que explicar una cuestión jurídica de forma sencilla rebaja su nivel técnico.

Puede suceder exactamente lo contrario.

Para explicar correctamente una cuestión compleja en términos comprensibles hay que saber qué elementos de esa complejidad son esenciales y cuáles pueden eliminarse sin alterar la conclusión.

Eso exige conocer bastante bien el problema.

Una frase sencilla puede ser el resultado final de un razonamiento muy complejo.

La simplicidad de la expresión no demuestra necesariamente simplicidad del pensamiento.

En ocasiones demuestra que el pensamiento ya ha terminado.

2. Dos culturas jurídicas, dos formas de comunicar

Comparar la comunicación jurídica española y estadounidense exige cierta prudencia.

Resultaría fácil construir una caricatura.

En España tendríamos al abogado solemne, rodeado de códigos y latinismos.

En Estados Unidos, al abogado pragmático que explica el caso en mangas de camisa utilizando frases de ocho palabras.

Ninguna de las dos imágenes describe seriamente la realidad.

Un escrito ante una corte federal estadounidense puede alcanzar un grado extraordinario de sofisticación técnica. Un abogado español puede realizar una intervención oral perfectamente directa y comprensible.

La diferencia interesante no está en decidir qué sistema utiliza palabras más complicadas.

Está en observar qué espera cada cultura profesional de la comunicación jurídica.

Dos tradiciones jurídicas diferentes

España pertenece a una tradición jurídica continental en la que la legislación escrita y la construcción doctrinal han desempeñado históricamente un papel central.

Estados Unidos se desarrolla dentro de la tradición del common law, con una importancia estructural del precedente y una cultura procesal y argumentativa propia.

No debemos exagerar la oposición.

Los sistemas contemporáneos son considerablemente más complejos que esa división elemental y existen numerosas influencias cruzadas.

Pero las tradiciones institucionales importan porque terminan influyendo también en la manera de presentar un argumento.

La forma de trabajar con precedentes, la estructura de los escritos, el papel de la argumentación oral, la relación con el cliente e incluso la organización de los despachos forman parte de una determinada cultura profesional.

La diferencia no está únicamente en las palabras

Por eso comparar comunicación jurídica no consiste simplemente en comparar vocabularios.

Consiste también en comparar expectativas.

¿Qué espera un juez de un escrito?

¿Qué espera un cliente de su abogado?

¿Cuánto contexto debe proporcionarse antes de formular la conclusión?

¿Hasta qué punto puede aparecer la personalidad del autor?

¿Qué grado de formalidad transmite respeto y a partir de qué momento comienza simplemente a crear distancia?

Las respuestas no son idénticas en todos los entornos jurídicos.

Tampoco son constantes dentro de un mismo país.

Un escrito procesal, una reunión con un cliente y un artículo publicado por un despacho pertenecen a contextos comunicativos diferentes.

Esta última distinción es particularmente importante.

Porque una de las características más visibles de la comunicación jurídica estadounidense contemporánea aparece precisamente fuera del tribunal.

Los law firms publican análisis, client alerts, newsletters y artículos profesionales en los que el lenguaje puede ser considerablemente más conversacional que el empleado en un escrito procesal.

No han dejado de hablar de Derecho.

Han cambiado de audiencia.

Y esa idea constituye precisamente uno de los puntos de partida del plain language.

3. El plain language estadounidense

La expresión plain language puede inducir a una interpretación equivocada si se traduce simplemente como «lenguaje sencillo».

No se trata de convertir el Derecho en algo elemental.

Tampoco de eliminar los conceptos técnicos que necesita una disciplina jurídica compleja.

La idea es más exigente.

La complejidad debe proceder del problema jurídico, no de la forma en que el abogado decide explicarlo.

Esta distinción ha adquirido bastante importancia en la cultura jurídica estadounidense.

La American Bar Association y numerosos programas de escritura jurídica han insistido durante años en una combinación de tres elementos que no deberían entenderse como incompatibles:

claridad, concisión y precisión.

La propia American Bar Association ha desarrollado de forma reiterada esta idea en sus materiales sobre plain language y escritura jurídica.

Una exposición puede ser breve y seguir siendo técnicamente rigurosa.

Puede utilizar frases directas sin renunciar a las distinciones doctrinales relevantes.

Y puede reducir el legalese sin convertir el Derecho en divulgación superficial.

Lo que el plain language no pretende eliminar

Un problema jurisdiccional complejo seguirá siendo complejo después de haber sido correctamente redactado.

Una institución procesal seguirá necesitando su denominación técnica.

Un concepto que posee un significado jurídico preciso no tiene por qué ser sustituido por una expresión cotidiana aproximada únicamente para que el texto parezca más accesible.

En ocasiones, el término técnico es precisamente la forma más breve y exacta de expresar una idea.

El problema aparece cuando la dificultad de la frase ya no procede de la materia jurídica.

Procede del escritor.

Construcciones innecesariamente indirectas.

Repeticiones.

Fórmulas heredadas que ya no añaden contenido.

Oraciones tan largas que el lector debe identificar primero su estructura antes de poder valorar el argumento.

El plain language no elimina el lenguaje profesional.

Intenta eliminar el trabajo innecesario que imponemos al lector.

El juez también es un lector

Esta idea puede parecer especialmente relevante cuando el destinatario no es un jurista.

Sin embargo, buena parte de la reflexión estadounidense sobre claridad se dirige precisamente a los escritos presentados ante tribunales.

Un juez conoce el Derecho.

Eso no significa que deba invertir más tiempo del necesario en averiguar qué pretende sostener el abogado.

Tiene otros asuntos.

Otros escritos.

Otras cuestiones que resolver.

Un buen escrito no reduce la complejidad jurídica que el tribunal debe decidir.

La organiza.

Por eso resulta perfectamente compatible formular una cuestión técnicamente sofisticada y presentarla mediante una estructura muy sencilla:

¿Qué ha ocurrido?

¿Cuál es la cuestión jurídica?

¿Qué regla resulta aplicable?

¿Por qué esa regla conduce a la conclusión que se solicita?

La ABA insiste también en esta dimensión cuando aborda la escritura jurídica cuando el destinatario es un tribunal: claridad, estructura, precisión y adaptación a la audiencia forman parte de una buena defensa escrita.

No es una reducción del Derecho.

Es una reducción del ruido.

4. El lenguaje ante los tribunales

La comunicación oral permite observar con especial claridad la diferencia entre precisión técnica y solemnidad.

En una vista, el abogado no dispone únicamente de palabras.

Dispone también de tono, ritmo, pausas, capacidad de reacción y conocimiento del expediente.

Y, sobre todo, puede comprobar inmediatamente si el tribunal está siguiendo el argumento.

Eso permite algo que en la escritura resulta menos visible:

cambiar de registro en tiempo real.

No es infrecuente formular primero una cuestión en términos jurídicos y, a continuación, traducirla a su consecuencia práctica.

En mi propia experiencia profesional he utilizado alguna vez una fórmula parecida a ésta:

Discúlpeme, señoría. Dicho en términos más castizos, lo que quiero decir es esto…

Lo que sigue suele ser considerablemente menos solemne que lo anterior.

Pero no necesariamente menos jurídico.

Dos formulaciones para una misma idea

Imaginemos que una parte pretende obtener una consecuencia favorable de una situación que ella misma ha provocado.

Podemos identificar el principio jurídico correspondiente.

Podemos citar la doctrina.

Podemos incluso utilizar, si resulta pertinente, una expresión latina reconocible.

Y después podemos decir:

En términos prácticos, señoría: no puede crear el problema y pedir después que las consecuencias las soporte mi cliente.

La segunda frase no sustituye a la primera.

Cumple otra función.

La formulación técnica sitúa el argumento dentro del sistema jurídico.

La formulación ordinaria hace visible inmediatamente su lógica.

Un abogado que domina ambas formas de expresión no está renunciando al lenguaje jurídico.

Está demostrando que puede controlar el argumento en más de un registro.

El guion y la pregunta inesperada

Esta diferencia se aprecia especialmente cuando algo se aparta de lo previsto.

Una exposición preparada puede transmitir seguridad.

Una buena dicción también.

La apariencia profesional forma parte inevitablemente de la comunicación forense.

Pero la prueba más interesante llega cuando el juez interrumpe.

Formula una pregunta.

Pide una precisión.

Introduce una hipótesis que no estaba en el esquema inicial.

En ese momento, la autoridad técnica depende menos de la forma y más de la capacidad de reorganizar inmediatamente el razonamiento.

El abogado que conoce su argumento puede abandonar el guion.

Puede reformularlo.

Puede utilizar un término técnico y explicarlo.

Puede responder directamente y después regresar a la estructura jurídica.

Por eso el lenguaje sencillo no necesariamente reduce autoridad.

En determinados momentos puede revelarla.

La solemnidad sigue teniendo una función

Nada de esto significa que el tribunal deba convertirse en una conversación informal.

La solemnidad procesal tiene una función institucional.

Las fórmulas de respeto, las reglas de intervención y determinadas convenciones ayudan a mantener el orden y a recordar que el abogado no habla en cualquier escenario.

La cuestión es distinta.

El respeto institucional no exige oscuridad lingüística.

Podemos mantener las formas y, al mismo tiempo, hablar con claridad.

Podemos utilizar terminología técnica y explicar inmediatamente su consecuencia.

Y podemos recurrir ocasionalmente a una expresión más ordinaria cuando permite al tribunal comprender en pocos segundos lo que varias frases abstractas estaban intentando transmitir.

El lenguaje profesional conserva su valor.

Pero el abogado no debería depender de él para sostener la autoridad de su argumento.

5. Hablar con el cliente no es redactar una demanda

Si el destinatario cambia, el registro también debería hacerlo.

El cliente no necesita que reproduzcamos delante de él la estructura de un escrito procesal.

Necesita comprender su problema.

Qué sabemos.

Qué no sabemos.

Qué opciones existen.

Qué riesgos presenta cada una.

Cuánto puede durar el procedimiento.

Y qué debe hacer a continuación.

Esto parece evidente, pero una parte importante de la comunicación jurídica deficiente nace precisamente de trasladar al cliente el lenguaje que utilizamos entre profesionales.

Explicar no es infantilizar

Existe una diferencia importante entre hacer una explicación comprensible y tratar al cliente como si no pudiera entender una cuestión compleja.

La mayoría de los clientes pueden comprender perfectamente la complejidad.

Lo que no tienen por qué conocer es el código técnico con el que los abogados la nombramos.

El trabajo consiste en traducir sin deformar.

No ocultar las incertidumbres.

No presentar como sencillo lo que no lo es.

Pero tampoco utilizar la dificultad del lenguaje como sustituto de la dificultad real.

Un cliente puede comprender que existen dos líneas jurisprudenciales.

Puede entender que una prueba presenta riesgos.

Puede asumir que una decisión procesal depende de factores que no podemos controlar.

Para ello no necesita recibir una clase de Derecho procesal.

Necesita una explicación honesta y estructurada.

La confianza también se construye mediante el lenguaje

La relación abogado-cliente contiene además una dimensión personal que no aparece del mismo modo en un escrito judicial.

Un cliente no evalúa únicamente si su abogado conoce la norma.

También evalúa si comprende el problema.

Si escucha.

Si responde directamente.

Si consigue explicar por qué recomienda una opción y no otra.

El lenguaje excesivamente solemne puede, en ocasiones, crear una distancia que el propio abogado no necesita.

La autoridad profesional no desaparece porque el cliente comprenda lo que le estamos diciendo.

Probablemente ocurre lo contrario.

Una recomendación resulta más convincente cuando el cliente entiende por qué se formula.

Y este principio nos conduce a un terreno en el que la diferencia con determinada comunicación jurídica estadounidense resulta particularmente visible:

la forma en que los propios despachos escriben públicamente sobre Derecho.

6. Cómo escriben los law firms estadounidenses

Una de las diferencias más visibles aparece cuando abandonamos el escrito procesal y entramos en la comunicación pública de los despachos.

Los grandes y pequeños law firms estadounidenses producen una enorme cantidad de contenido: análisis jurídicos, client alerts, newsletters, artículos, comentarios sobre resoluciones recientes, podcasts, vídeos y publicaciones destinadas a explicar cambios legislativos o tendencias profesionales.

No existe, naturalmente, un único estilo.

Hay textos extremadamente técnicos y otros deliberadamente divulgativos.

Pero resulta relativamente habitual encontrar algo que durante mucho tiempo habría parecido extraño en la comunicación institucional de un despacho tradicional:

una voz reconocible.

El autor puede formular preguntas.

Puede dirigirse directamente al lector.

Puede utilizar la primera persona.

Puede comenzar con una situación concreta en lugar de hacerlo con la norma.

Puede recurrir a una referencia cultural.

Y, ocasionalmente, puede introducir humor.

Nada de ello convierte necesariamente el texto en menos jurídico.

Simplemente significa que un artículo publicado por un despacho no tiene por qué imitar la estructura de una demanda.

La propia ABA distingue expresamente este tipo de escritura profesional más informal y menciona los artículos publicados en la web de un law firm como uno de los contextos en los que puede resultar apropiado un registro menos formal, con preguntas, pronombres personales y, cuando proceda, incluso alguna broma cuidadosamente utilizada.

Un artículo no es un escrito procesal

La diferencia parece obvia, pero tiene consecuencias importantes.

Cuando presentamos un escrito ante un tribunal existe una finalidad procesal concreta.

Pedimos algo.

Defendemos una posición.

Contestamos un argumento.

Invocamos normas y precedentes dentro de una estructura determinada.

Un artículo profesional puede perseguir otra finalidad.

Puede explicar.

Puede analizar.

Puede plantear una pregunta sin necesidad de resolverla completamente.

Puede relacionar una institución jurídica con un fenómeno social.

Puede contar una historia que conduzca al lector hasta un problema jurídico que probablemente nunca habría buscado por su denominación técnica.

La arquitectura cambia porque la función cambia.

Esto permite invertir incluso el orden tradicional de la exposición.

En lugar de comenzar por la norma y añadir después un ejemplo, podemos comenzar por el problema.

Algo ha ocurrido.

El lector quiere saber por qué.

El Derecho aparece entonces porque resulta necesario para comprender lo sucedido.

La norma no pierde importancia. Ha adquirido contexto.

La personalidad institucional

Existe además una cuestión de identidad profesional.

Durante mucho tiempo, la comunicación corporativa tendió a eliminar casi cualquier característica individual de quien escribía.

El despacho hablaba.

El autor desaparecía.

Ese modelo continúa teniendo sentido en determinados documentos y comunicaciones institucionales.

Pero no necesariamente en todos.

Un artículo firmado permite que el lector conozca algo más que una conclusión jurídica.

Permite observar cómo razona su autor.

Qué considera relevante.

Cómo organiza un problema.

Cómo explica una incertidumbre.

Incluso qué grado de distancia mantiene respecto de las convenciones de su propia profesión.

Esto tiene una consecuencia particularmente interesante para los servicios jurídicos.

El cliente no contrata únicamente información.

La información jurídica es hoy extraordinariamente accesible.

Contrata también criterio.

Y el criterio resulta difícil de comunicar mediante textos completamente impersonales.

Una influencia que también empieza a verse en España

La comunicación jurídica española ha cambiado mucho en este terreno.

Los despachos publican cada vez más contenido y las fronteras entre información jurídica, divulgación profesional y comunicación corporativa son considerablemente menos rígidas que hace unas décadas.

Sin embargo, sigue siendo frecuente encontrar artículos que reproducen casi exactamente la estructura de una nota doctrinal:

antecedentes;

normativa aplicable;

jurisprudencia;

conclusiones.

Es una estructura perfectamente legítima.

En ocasiones será la mejor.

Pero no tiene por qué ser la única.

Un despacho puede explicar Derecho mediante una historia.

Puede escribir un ensayo profesional.

Puede analizar una diferencia cultural entre sistemas jurídicos.

Puede incluso adoptar ocasionalmente un tono inesperado.

Y aquí aparece una cuestión algo más delicada.

¿Puede un bufete de abogados utilizar humor?

7. ¿Puede un bufete utilizar humor?

Puede.

La pregunta verdaderamente importante vuelve a ser cuándo.

El humor en comunicación jurídica profesional tiene riesgos evidentes.

Puede trivializar un problema serio.

Puede resultar inapropiado para la situación personal de un cliente.

Puede convertir a otra persona en objeto de una broma.

Puede interpretarse de manera distinta a la pretendida.

Y puede transmitir exactamente lo contrario de aquello que el abogado quería comunicar.

Por eso su utilización exige bastante más criterio que simplemente escribir algo gracioso.

La ABA ha tratado expresamente el uso profesional del humor por abogados, subrayando precisamente la importancia de conocer a la audiencia y utilizarlo con cautela.

El humor no necesita una víctima

Una distinción especialmente útil consiste en preguntarnos dónde está situado el humor.

No es lo mismo reírse de una persona que observar la incongruencia de una situación.

Un cliente no necesita parecer ingenuo.

Un abogado contrario no necesita aparecer como incompetente.

Un juez no necesita convertirse en personaje.

Tampoco un funcionario público.

La realidad jurídica produce por sí sola situaciones suficientemente peculiares.

El Derecho intenta ordenar una realidad humana que tiene una notable resistencia a dejarse ordenar.

Las normas crean categorías.

Los procedimientos establecen secuencias.

Las administraciones manejan datos.

Los sistemas informáticos buscan correspondencias.

Y, de vez en cuando, aparece un hecho perfectamente real que encaja de una manera tan inesperada en todos esos mecanismos que la situación contiene su propio elemento cómico.

No es necesario reírse de nadie.

A veces basta con contar lo ocurrido.

El deadpan: contar lo improbable como si fuera perfectamente normal

Existe una forma de humor especialmente interesante para la escritura jurídica: el deadpan.

Su mecanismo es sencillo.

El narrador no hace el chiste.

Describe una situación potencialmente absurda con exactamente el mismo tono con el que describiría cualquier otro hecho.

La gracia, si existe, la encuentra el lector.

En cierto modo, los abogados estamos profesionalmente entrenados para algo parecido.

Una secuencia humana extraordinariamente caótica puede terminar convertida en unos «antecedentes de hecho».

Una discusión emocional se transforma en una cuestión controvertida.

Una conducta difícil de explicar acaba descrita mediante cuatro párrafos perfectamente ordenados.

El lenguaje jurídico introduce distancia.

El deadpan utiliza esa misma distancia con una finalidad narrativa.

Desdramatizar no significa trivializar

El humor puede tener además una función menos evidente.

Determinadas instituciones generan ansiedad simplemente por su presencia.

Un requerimiento de Hacienda.

Una citación judicial.

Una comunicación administrativa.

Una investigación.

Para el profesional son situaciones habituales.

Para quien las recibe por primera vez pueden resultar enormemente intimidatorias.

La comunicación jurídica no debería aumentar artificialmente ese miedo.

Eso no significa decir al cliente que no ocurre nada.

Puede estar ocurriendo algo muy importante.

Significa explicar la situación en su verdadera dimensión.

Un requerimiento administrativo puede responder a una discrepancia perfectamente razonable.

Una Administración puede formular una pregunta porque los datos disponibles producen una anomalía.

El contribuyente puede aportar una explicación.

Y el expediente puede terminar precisamente porque esa explicación permite comprender lo que inicialmente parecía extraño.

En ocasiones, contar una situación de ese tipo con cierta ironía permite transmitir algo jurídicamente útil:

la relación entre ciudadano y Administración no tiene por qué narrarse siempre como un enfrentamiento.

La ficción permite explorar un poco más

Existe, sin embargo, una frontera que consideramos importante.

Un asunto real de un cliente exige especial cautela antes de convertirse en material humorístico, incluso cuando pueda anonimizarse.

El secreto profesional es sólo una parte del problema.

También existe una relación de confianza.

Por eso el humor narrativo ofrece muchas más posibilidades cuando trabajamos con una situación expresamente ficticia, una hipótesis o una composición construida a partir de problemas jurídicos reconocibles.

Podemos exagerar un detalle.

Construir un diálogo.

Introducir una coincidencia improbable.

Y utilizarla para explicar una institución jurídica real.

El lector sabe que está ante una ficción.

El Derecho explicado dentro de ella puede ser perfectamente auténtico.

Ese recurso permite incluso algo poco habitual en una web jurídica: desdramatizar el funcionamiento de una institución sin ridiculizarla.

Pero la libertad de utilizar una voz más conversacional, narrativa o incluso irónica no significa que debamos desprendernos del lenguaje técnico.

De hecho, en ocasiones ocurre exactamente lo contrario.

8. El latín no es el enemigo

La crítica al lenguaje jurídico innecesariamente oscuro puede terminar produciendo su propio exceso.

Si aceptamos que la claridad es deseable, resulta tentador concluir que todo tecnicismo, toda expresión tradicional y especialmente todo latinismo constituyen restos de una cultura jurídica que deberíamos abandonar.

No es así.

El Derecho es un sistema de conceptos.

Y los conceptos necesitan nombres.

Un término técnico puede ser la expresión más sencilla

Pensemos en conceptos como cosa juzgada, litispendencia, prescripción o legitimación.

Podemos explicarlos.

En ocasiones debemos hacerlo.

Pero sustituir permanentemente cada uno de esos términos por una explicación de varias líneas no haría el lenguaje jurídico más sencillo.

Lo haría extraordinariamente ineficiente.

El término técnico concentra información.

Cuando dos profesionales conocen su significado, permite comunicar una estructura conceptual compleja mediante muy pocas palabras.

El problema no es utilizarlo.

El problema aparece cuando olvidamos que la persona situada al otro lado quizá no comparte ese código.

Entonces hay que hacer algo bastante sencillo:

utilizar el término cuando aporta precisión y explicarlo cuando el destinatario lo necesita.

Pacta sunt servanda

El latín constituye un buen ejemplo porque puede cumplir funciones muy diferentes.

Una expresión latina puede identificar un principio jurídico reconocido.

Puede conectar un argumento con una tradición doctrinal.

Puede expresar de forma extremadamente condensada una idea que los juristas identifican inmediatamente.

Y también puede utilizarse simplemente para que una frase parezca más jurídica.

Pacta sunt servanda.

Los pactos deben cumplirse.

Podemos decirlo perfectamente en español.

Pero ambas formulaciones no son siempre comunicativamente idénticas.

En un determinado contexto jurídico, la expresión latina identifica inmediatamente un principio y su tradición.

En otro contexto, introducirla puede resultar completamente innecesario.

La pregunta correcta no es:

«¿Debemos utilizar latín?»

La pregunta es:

«¿Qué está haciendo aquí esta expresión?»

Si aporta precisión, economía o una referencia doctrinal útil, tiene una función.

Si únicamente aporta solemnidad, probablemente sobra.

La autoridad técnica también tiene sus códigos

Sería ingenuo negar que el lenguaje profesional tiene además una función social.

Los abogados reconocemos determinados códigos.

También los jueces.

Utilizar correctamente un concepto técnico, una referencia doctrinal o un principio tradicional puede transmitir algo importante: quien habla sabe dónde se encuentra jurídicamente el problema.

Eso forma parte de la autoridad profesional.

Pero existe una diferencia considerable entre conocer el código y esconderse detrás de él.

Un abogado que puede citar el principio, explicar su contenido, aplicarlo a los hechos y después traducir la conclusión a una frase ordinaria demuestra bastante más que quien simplemente conoce la expresión.

Por eso el objetivo del lenguaje claro no debería ser conseguir que los abogados dejemos de hablar el lenguaje del Derecho.

Debería conseguir que podamos hablarlo sin depender de él.

Y esa capacidad de hacer explícito el significado de lo que escribimos está adquiriendo, además, una relevancia completamente nueva.

Porque nuestros textos ya no son leídos únicamente por personas.

9. De escribir para Google a escribir también para una IA

Durante años, buena parte de la conversación sobre contenidos jurídicos en Internet estuvo dominada por tres letras:

SEO.

La lógica era relativamente sencilla.

Si una persona buscaba determinada cuestión jurídica en Google, el despacho quería que su página apareciera entre los primeros resultados.

Eso condicionó también la forma de escribir.

Palabras clave.

Títulos construidos alrededor de búsquedas previsibles.

Repetición de determinados términos.

Artículos concebidos, en ocasiones, más para satisfacer lo que suponíamos que esperaba un algoritmo que para explicar adecuadamente un problema.

El resultado no siempre fue especialmente afortunado.

Todos hemos encontrado textos jurídicos en Internet en los que una expresión como «abogado penalista en Madrid» aparece tantas veces que uno termina sospechando que el verdadero problema penal consiste precisamente en seguir leyendo.

La búsqueda mediante inteligencia artificial introduce una lógica diferente.

La pregunta ya no tiene por qué llegar al despacho

Una persona puede seguir entrando directamente en la página de un bufete.

Puede encontrar un artículo mediante Google.

Puede navegar por categorías.

Pero existe ahora otra posibilidad.

Formula una pregunta a un sistema de inteligencia artificial.

El sistema busca información.

Identifica distintas fuentes.

Interpreta su contenido.

Relaciona unas con otras.

Y construye una respuesta.

En ese proceso, el artículo jurídico puede adquirir un papel diferente.

Quizá el usuario nunca llegue inicialmente hasta él.

Una máquina puede leerlo antes.

Esto convierte a la inteligencia artificial en una especie de lector intermediario entre quien publica conocimiento y quien intenta encontrarlo.

Y plantea una cuestión interesante para la comunicación jurídica:

¿qué necesita comprender esa máquina?

Las máquinas tampoco se benefician de la oscuridad

No necesitan necesariamente un vocabulario elemental.

Al contrario.

Los términos jurídicos precisos pueden resultar muy útiles para identificar correctamente una materia.

Discovery, summary judgment, cosa juzgada, responsabilidad patrimonial o concurso sin masa identifican conceptos mucho mejor que determinadas aproximaciones genéricas.

La dificultad aparece cuando el texto contiene las palabras correctas pero no expresa con claridad las relaciones entre ellas.

¿Cuál es la regla?

¿Cuál es la excepción?

¿Qué pertenece al relato de hechos?

¿Qué constituye una conclusión jurídica?

¿Qué diferencia dos instituciones aparentemente próximas?

¿Por qué una determinada circunstancia modifica el resultado?

Son preguntas importantes para un lector humano.

También lo son para un sistema que intenta recuperar el significado del texto.

Esto produce una curiosa convergencia.

Muchas de las características que hacen que un texto sea comprensible para una persona también facilitan que su estructura semántica pueda ser interpretada por una máquina.

Del posicionamiento a la comprensión

Esto no significa que el SEO haya desaparecido.

Los buscadores continúan existiendo.

Las páginas siguen necesitando títulos comprensibles, una arquitectura coherente, enlaces, metadatos y una estructura técnicamente accesible.

Pero el problema comienza a desplazarse.

Ya no se trata únicamente de conseguir que una página sea encontrada.

También importa que, una vez encontrada, pueda comprenderse correctamente qué afirma.

Un encabezado descriptivo ayuda.

Una conclusión explícita ayuda.

Mantener una terminología coherente ayuda.

Distinguir claramente una regla de una excepción ayuda.

Explicar por qué un ejemplo resulta relevante ayuda.

No porque debamos escribir como una base de datos.

Sino porque estamos haciendo visible la arquitectura del razonamiento.

El objetivo ya no es sólo hacer localizable el texto. También es hacer recuperable su significado.

El riesgo de empezar a escribir para las máquinas

Pero existe una paradoja.

Después de pasar años intentando abandonar un lenguaje jurídico excesivamente artificial, podríamos sustituirlo por otra forma de artificialidad.

Esta vez no escribiríamos para parecer abogados.

Escribiríamos para parecer perfectamente comprensibles para una IA.

Cada título sería una pregunta.

Cada párrafo una respuesta.

Cada conclusión aparecería en negrita.

Todos los artículos seguirían exactamente la misma estructura.

Y todos los despachos terminarían escribiendo prácticamente igual.

Sería una solución bastante peculiar.

Habríamos conseguido que las máquinas identificaran perfectamente nuestros textos a cambio de eliminar casi cualquier razón humana para querer leerlos.

La comunicación profesional necesita estructura.

Pero también necesita voz.

Puede necesitar narrativa.

Puede admitir una digresión.

Puede contener una frase inesperada.

Y, como hemos visto, incluso puede permitirse ocasionalmente cierta ironía.

La cuestión no debería ser elegir entre escribir para personas o escribir para máquinas.

Deberíamos intentar algo más ambicioso:

escribir con suficiente claridad para que ambas puedan entendernos sin dejar de escribir como seres humanos.

10. La verdadera competencia: saber cambiar de registro

Quizá el problema inicial estaba mal planteado.

¿Debe un abogado hablar como un abogado?

Sí.

A veces.

En determinados momentos resulta imprescindible.

Una institución jurídica necesita su nombre.

Un escrito procesal exige precisión.

Una cuestión doctrinal puede requerir terminología especializada.

Una expresión tradicional puede condensar perfectamente un principio.

Y determinadas formas responden al respeto debido al contexto institucional en el que intervenimos.

Pero nada de eso significa que debamos utilizar el mismo registro permanentemente.

El Derecho permanece; la comunicación cambia

Un abogado puede redactar por la mañana un recurso técnicamente complejo.

Después puede explicar ese mismo recurso a su cliente sin reproducirle veinte páginas de argumentación jurídica.

Más tarde puede defender oralmente uno de sus motivos ante un tribunal y descubrir que la mejor manera de contestar a una pregunta de la Sala consiste en expresarlo mediante una frase perfectamente cotidiana.

Y quizá termine el día escribiendo un artículo sobre el problema jurídico de fondo utilizando una historia para introducirlo.

No existe contradicción.

El Derecho puede ser exactamente el mismo.

Han cambiado el destinatario y la finalidad.

Por tanto, puede cambiar también la voz.

Ni solemnidad permanente ni informalidad obligatoria

El lenguaje claro tampoco debería convertirse en una nueva ortodoxia estilística.

No existe ninguna virtud especial en sonar informal.

Un abogado que utiliza constantemente expresiones coloquiales puede resultar tan artificial como quien convierte cualquier correo electrónico en un dictamen.

El humor no convierte un artículo en moderno.

La primera persona no lo convierte en auténtico.

Una frase corta no es necesariamente mejor que una larga.

Y un latinismo no es necesariamente pedantería.

Todo depende de la función que desempeñe.

Ésa es probablemente la diferencia más importante.

El lenguaje jurídico es una herramienta, no un uniforme.

La cuestión profesional consiste en saber qué herramienta necesitamos en cada momento.

La autoridad no está en el registro

La comparación entre España y Estados Unidos resulta interesante precisamente porque permite separar la autoridad profesional de algunas de sus manifestaciones culturales.

Las formas pueden ser diferentes.

La organización procesal también.

Los hábitos de los despachos, la relación con el precedente, la escritura profesional y las expectativas del lector pueden variar considerablemente.

Pero existe una competencia que atraviesa ambos sistemas.

Conocer el problema suficientemente bien para poder explicarlo de distintas maneras.

Técnicamente cuando sea necesario.

Con claridad cuando sea posible.

Con formalidad cuando el contexto la requiera.

En lenguaje ordinario cuando permita comprender mejor la cuestión.

Y con suficiente criterio para saber cuándo una historia, una comparación o incluso una pequeña ironía ayudan a comunicar y cuándo simplemente sobran.

Un abogado no demuestra necesariamente mayor dominio del Derecho porque resulte difícil entenderlo.

Tampoco demuestra mayor modernidad porque renuncie a cualquier lenguaje técnico.

La competencia está en otro lugar.

En poder utilizar ambos registros y no quedar atrapado en ninguno.

Entonces, ¿cómo debe sonar un abogado?

Probablemente no exista una respuesta única.

Ante un tribunal, como alguien que conoce el expediente y sabe qué está pidiendo.

Ante otro profesional, como alguien capaz de utilizar con precisión un lenguaje compartido.

Ante un cliente, como alguien que puede explicar qué ocurre y qué opciones existen.

En un artículo, como alguien que tiene algo suficientemente interesante que decir para que merezca la pena seguir leyendo.

Y cuando una frase técnica sea exactamente la mejor forma de expresar una idea, deberá sonar inequívocamente como un abogado.

Cuando no lo sea, quizá no haga falta.

La autoridad profesional no consiste en sonar siempre como un abogado. Consiste en saber cuándo hacerlo.


Perspectiva comparada: este artículo aborda la comunicación jurídica desde la práctica española y su contraste con determinadas tendencias de la cultura profesional estadounidense. Un ensayo complementario sobre la voz jurídica en Estados Unidos puede leerse en Independent Edition: Speaking Like a Lawyer: Legal Communication in America.

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