Los conflictos laborales rara vez se limitan a una única cuestión.

Un despido puede estar precedido por una baja médica. Una incapacidad temporal puede terminar planteando problemas de adaptación del puesto. Una categoría profesional puede no corresponderse con las funciones que realmente desarrolla el trabajador. Una empresa puede cambiar formalmente de titular mientras la actividad continúa prácticamente igual. Y, en determinados casos, la posibilidad de trabajar depende también de que la situación administrativa del trabajador permita su contratación y alta en la Seguridad Social.

En EBAN Abogados, nuestra oficina de Fuenlabrada atiende asuntos de Derecho Laboral y Seguridad Social, tanto de trabajadores como de empresas, con especial presencia de conflictos relacionados con incapacidades, cotizaciones, prevención de riesgos, clasificación profesional, contratas y pequeñas estructuras empresariales.

Desde esta oficina se gestionan además habitualmente numerosos asuntos del despacho relacionados con Seguridad Social, INSS, prestaciones y cotizaciones.

Oficina de EBAN Abogados en Fuenlabrada
Oficina de EBAN Abogados en Fuenlabrada · C/ Austria 11

Una práctica laboral vinculada a la realidad del sur de Madrid

Fuenlabrada forma parte de un entorno metropolitano en el que conviven grandes empresas, contratas, comercios, residencias, empresas de servicios, pequeños negocios familiares y trabajadores vinculados a numerosos oficios.

Esa diversidad se refleja también en los asuntos que llegan al despacho.

Muchos de nuestros clientes viven en Fuenlabrada o en otros municipios del sur de Madrid, pero trabajan en Madrid capital o en diferentes puntos de la Comunidad. El domicilio del trabajador, el centro de trabajo y la sede de la empresa no siempre se encuentran en el mismo lugar.

Por ello, algunos asuntos se atienden de forma coordinada entre nuestras oficinas de Fuenlabrada y Madrid, dependiendo de las necesidades del cliente, la localización del centro de trabajo y la evolución del procedimiento.

Conciliación en Madrid y litigación en Móstoles

En muchos conflictos laborales, antes de acudir al juzgado es necesario intentar una conciliación administrativa previa.

En los asuntos de Fuenlabrada, este trámite se realiza ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de la Comunidad de Madrid, con sede en Madrid.

Si durante el acto de conciliación se alcanza un acuerdo, el conflicto puede quedar resuelto sin necesidad de iniciar un procedimiento judicial.

Cuando no existe acuerdo y resulta necesario presentar demanda, los procedimientos laborales vinculados a Fuenlabrada se tramitan habitualmente ante los órganos de la jurisdicción social de Móstoles.

En términos prácticos, un mismo asunto puede comenzar con una conciliación en Madrid y, si no se alcanza una solución, continuar posteriormente mediante litigación en Móstoles.

Nuestra intervención puede abarcar todo ese recorrido: análisis inicial del asunto, preparación de la papeleta de conciliación, negociación ante el SMAC y, cuando resulta necesario, defensa en el posterior procedimiento judicial.

Empresas despersonalizadas y decisiones tomadas a distancia

No todos los conflictos laborales se producen dentro de pequeñas empresas.

En determinados sectores encontramos estructuras empresariales en las que el trabajador presta servicios en Madrid mientras que el departamento de Recursos Humanos se encuentra en otra ciudad, los responsables empresariales apenas conocen personalmente al trabajador y las decisiones se gestionan mediante procedimientos corporativos estandarizados.

Es una situación que puede aparecer, por ejemplo, en determinadas contratas y empresas de limpieza o servicios.

Este modelo no es necesariamente mejor ni peor que una gestión empresarial más cercana, pero modifica la dinámica del conflicto. La negociación puede depender de responsables que apenas conocen el centro de trabajo y la empresa puede valorar no solo el coste económico de un acuerdo concreto, sino también el efecto que una determinada política de conciliación pueda producir respecto de otros trabajadores.

Comprender quién adopta realmente las decisiones puede resultar tan importante como analizar el contrato de trabajo.

Bajas médicas, incapacidad y continuidad en el trabajo

En la práctica de nuestra oficina de Fuenlabrada aparecen con frecuencia asuntos en los que la salud del trabajador se convierte en uno de los elementos centrales de la relación laboral.

Conviene diferenciar situaciones que el lenguaje cotidiano tiende a mezclar.

Una incapacidad temporal no equivale a una incapacidad permanente. Tener dificultades para continuar desempeñando una profesión tampoco significa automáticamente que se cumplan los requisitos médicos y jurídicos necesarios para obtener una prestación de incapacidad permanente.

En estos asuntos puede ser necesario analizar conjuntamente cuestiones como:

  • bajas médicas prolongadas;
  • reincorporación al puesto de trabajo;
  • adaptación de funciones;
  • limitaciones funcionales;
  • incapacidad permanente;
  • prestaciones del INSS;
  • períodos y bases de cotización;
  • compatibilidad entre diferentes actividades;
  • consecuencias laborales de una situación médica prolongada.

La cuantía de una eventual prestación tampoco depende exclusivamente de la gravedad de la situación médica. La carrera de cotización, las bases utilizadas y los períodos acreditados pueden resultar determinantes.

Prevención de riesgos y enfermedades relacionadas con el trabajo

Algunos conflictos laborales tienen un origen especialmente vinculado a las condiciones materiales del puesto: productos químicos, movimientos repetitivos, cargas físicas, herramientas, maquinaria o determinadas condiciones ambientales.

Hemos intervenido en situaciones en las que la exposición profesional a determinados productos terminó generando problemas importantes de salud.

En actividades relacionadas, por ejemplo, con productos para uñas artificiales, determinadas sustancias como los acrilatos pueden producir sensibilización y reacciones alérgicas especialmente relevantes para quien trabaja diariamente en contacto con ellas.

Cuando aparece una enfermedad relacionada con las condiciones de trabajo, no basta con preguntarse si el trabajador puede continuar desarrollando la misma actividad.

También puede resultar necesario examinar la evaluación de riesgos, la información y formación facilitadas, los equipos y medidas de protección, las posibilidades de adaptación del puesto y la respuesta de la empresa después de conocer el problema.

Cuando la categoría profesional no coincide con el trabajo real

Otro conflicto aparece cuando el contrato atribuye al trabajador una función determinada pero, con el paso del tiempo, termina desarrollando muchas otras.

Esta situación puede observarse especialmente en determinados centros asistenciales, residencias, empresas de servicios y pequeñas estructuras empresariales.

Un trabajador contratado como conductor puede terminar realizando pequeñas tareas de mantenimiento. Una persona contratada para una función concreta puede convertirse informalmente en el trabajador al que se recurre para solucionar cualquier incidencia.

Mientras las tareas son sencillas, esa falta de definición puede permanecer oculta.

El problema aparece cuando se produce una avería importante, un accidente o una incidencia que exige conocimientos técnicos para los que el trabajador nunca fue contratado ni formado.

En estos casos resulta necesario examinar el convenio colectivo aplicable, la clasificación profesional, las funciones realmente desarrolladas, la formación recibida y la propia organización empresarial del trabajo.

Las deficiencias organizativas de una empresa no pueden traducirse automáticamente en responsabilidad del trabajador por tareas que nunca estuvieron correctamente asignadas ni para las que disponía necesariamente de formación suficiente.

Contratas, limpieza y sucesiones empresariales

Las contratas constituyen otra fuente habitual de conflictos laborales.

En sectores como la limpieza pueden producirse cambios de empresa adjudicataria, subrogaciones, modificaciones de condiciones, problemas relacionados con antigüedad, vacaciones o salarios y discusiones acerca de qué empresa debe responder frente al trabajador.

También encontramos situaciones diferentes, especialmente en pequeñas empresas, en las que una sociedad deja de operar y otra comienza poco después desarrollando una actividad, utilizando medios o manteniendo una estructura muy similares.

Un cambio de denominación o de sociedad no elimina necesariamente las responsabilidades existentes.

Cuando existen indicios de una posible sucesión de empresa, resulta necesario reconstruir qué ha ocurrido realmente: quién mantiene la actividad, qué trabajadores continúan, qué medios se utilizan y cuál es la relación entre las distintas sociedades implicadas.

Cuando el conflicto familiar entra en la empresa

En pequeñas empresas, comercios y negocios familiares existe además una realidad que no siempre aparece reflejada en los contratos: la empresa puede estar estrechamente vinculada a una relación matrimonial, familiar o de pareja.

Cuando esa relación se deteriora, el conflicto personal puede extenderse rápidamente al ámbito laboral.

Cambios de funciones, problemas salariales, decisiones societarias, retirada de acceso al negocio o incluso despidos pueden producirse dentro de una disputa que inicialmente no tenía naturaleza laboral.

En estas situaciones conviene separar cuidadosamente ambos planos y determinar qué decisiones responden a verdaderas razones empresariales y cuáles pueden estar condicionadas por el conflicto personal existente entre las personas implicadas.

Pluriactividad y carreras laborales menos lineales

También encontramos trabajadores cuya situación profesional no puede explicarse mediante un único contrato.

Personas que trabajan para varios empleadores, combinan una actividad por cuenta ajena con trabajo autónomo o han desarrollado carreras profesionales fragmentadas entre distintos regímenes de la Seguridad Social.

La pluriactividad puede tener consecuencias en materia de cotización, prestaciones y Seguridad Social que deben analizarse teniendo en cuenta la trayectoria completa del trabajador.

No siempre basta con observar la última nómina o el último contrato.

Trabajo y extranjería: cuando existe empleo pero todavía no puede comenzarse

En una zona con una presencia importante de oficios, trabajos operativos y actividades de servicios aparece también una tensión particular entre mercado laboral y situación administrativa.

Hay personas que poseen experiencia profesional, encuentran una oportunidad laboral real o incluso cuentan con un empresario dispuesto a contratarlas, pero todavía no disponen de la autorización administrativa necesaria para trabajar regularmente en España.

El problema no es entonces necesariamente la inexistencia de empleo, sino el desfase entre tener una oportunidad de trabajo y poder incorporarse jurídicamente a ella.

En estas situaciones puede ser necesario coordinar cuestiones de Derecho de Extranjería con la futura contratación, la autorización para trabajar y el alta en la Seguridad Social.

Seguridad Social e INSS desde nuestra oficina de Fuenlabrada

Nuestra actividad en Fuenlabrada no se limita a los conflictos entre empresa y trabajador.

Desde esta oficina se gestionan habitualmente asuntos relacionados con:

  • incapacidad permanente;
  • prestaciones de Seguridad Social;
  • cotizaciones y períodos cotizados;
  • bases de cotización;
  • vida laboral;
  • altas y bajas;
  • pluriactividad;
  • actuaciones y procedimientos frente al INSS y otros organismos de la Seguridad Social.

Esta conexión entre Derecho Laboral y Seguridad Social resulta especialmente importante porque muchos asuntos evolucionan de una materia a otra.

Una baja médica puede plantear posteriormente una cuestión de incapacidad permanente. Una enfermedad relacionada con el trabajo puede afectar a la continuidad de la relación laboral. Un problema de cotización puede condicionar el acceso a una prestación o su cuantía.

Por ello, antes de decidir qué reclamar, resulta necesario comprender la situación completa.

Abogados laboralistas en Fuenlabrada

En EBAN Abogados abordamos los asuntos laborales intentando reconstruir primero la realidad de la relación de trabajo.

El contrato es importante, pero no siempre cuenta toda la historia.

También pueden resultar relevantes las nóminas, comunicaciones de WhatsApp, cuadrantes, registros horarios, partes médicos, vida laboral, bases de cotización, convenio colectivo, funciones realmente desarrolladas y comunicaciones internas de la empresa.

Solo después de ordenar esa información puede determinarse qué puede reclamarse, frente a quién y mediante qué procedimiento.

Nuestra oficina de Fuenlabrada permite además coordinar los asuntos laborales con nuestra práctica en Seguridad Social, incapacidad y extranjería, así como con la oficina de Madrid cuando las circunstancias del cliente o del procedimiento lo aconsejan.