Viajar, residir, invertir o desarrollar una actividad empresarial en Estados Unidos plantea cuestiones migratorias, societarias y fiscales que conviene analizar de forma conjunta, especialmente cuando el proyecto mantiene vínculos con España.

En EBAN Abogados prestamos asesoramiento y coordinación jurídica en asuntos relacionados con la movilidad de personas y el establecimiento de particulares, profesionales y empresas entre España y Estados Unidos.

Nuestra intervención puede comprender desde una consulta sobre ESTA o visados hasta la planificación inicial de un proyecto empresarial en Estados Unidos, la constitución de una sociedad, la obtención de identificadores fiscales o la coordinación de las obligaciones tributarias que puedan surgir en ambas jurisdicciones.

Cuando una actuación requiere la intervención de un profesional específicamente habilitado o especializado en Estados Unidos, coordinamos el expediente con profesionales y proveedores estadounidenses, de manera que el cliente pueda mantener un punto de referencia jurídico en España.

ESTA y viajes a Estados Unidos

No todos los viajes a Estados Unidos requieren la obtención previa de un visado.

Los nacionales de determinados países incluidos en el Visa Waiver Program, entre ellos España, pueden viajar a Estados Unidos para determinadas estancias temporales sin obtener previamente un visado, siempre que cumplan los requisitos del programa y dispongan de la correspondiente autorización electrónica ESTA.

Sin embargo, disponer de nacionalidad española no significa que el ESTA resulte adecuado en cualquier circunstancia. La finalidad del viaje, su duración y determinadas circunstancias personales o migratorias pueden hacer necesario solicitar un visado.

También debe recordarse que residir legalmente en España no equivale a poder utilizar ESTA. La posibilidad de acogerse al Visa Waiver Program depende, entre otros requisitos, de la nacionalidad del viajero.

Visados para Estados Unidos

Cuando el viajero no puede acogerse al Visa Waiver Program o la actividad que pretende realizar en Estados Unidos no está comprendida dentro de sus límites, puede resultar necesario obtener el correspondiente visado.

El sistema estadounidense contempla distintas categorías en función de la finalidad y duración de la estancia: visitas temporales, negocios, estudios, intercambio, empleo, inversión y otras situaciones.

La cuestión inicial no debería ser simplemente “qué visado puedo solicitar”, sino determinar qué pretende hacer realmente la persona en Estados Unidos y qué categoría migratoria corresponde a ese proyecto.

Una elección incorrecta puede generar dificultades tanto durante la solicitud como posteriormente en el momento de entrada en Estados Unidos.

Viajes de negocios a Estados Unidos

Viajar por motivos empresariales no significa necesariamente desplazarse a Estados Unidos para trabajar.

Determinadas actividades temporales, como reuniones profesionales, negociaciones contractuales, determinadas consultas empresariales o asistencia a congresos, pueden estar comprendidas dentro de las categorías previstas para visitantes de negocios.

Debe distinguirse, sin embargo, entre realizar actividades empresariales temporales permitidas y desempeñar un empleo o actividad laboral en Estados Unidos.

Cuando el proyecto excede una visita empresarial temporal, debe estudiarse la categoría migratoria adecuada antes de comenzar la actividad.

Estudios, trabajo e inversión en Estados Unidos

Los proyectos de mayor duración requieren un análisis diferente al de un viaje turístico o empresarial ocasional.

Estudiar, desarrollar determinadas actividades profesionales, trabajar para una empresa estadounidense, trasladar personal entre empresas relacionadas o realizar determinadas inversiones puede requerir una categoría migratoria específica.

En estos casos resulta especialmente importante analizar conjuntamente el proyecto personal, profesional y empresarial.

Una inversión o la creación de una sociedad estadounidense, por ejemplo, no concede por sí sola un derecho automático a residir o trabajar en Estados Unidos. La estructura societaria y la situación migratoria son cuestiones relacionadas en determinados proyectos, pero jurídicamente diferentes.

Residencia permanente en Estados Unidos

Los procedimientos orientados a obtener residencia permanente en Estados Unidos responden a categorías y requisitos diferentes de los aplicables a una estancia temporal.

Dependiendo de las circunstancias, pueden existir vías vinculadas a relaciones familiares, empleo, inversión u otros fundamentos reconocidos por la legislación estadounidense.

La estrategia debe analizarse individualmente, especialmente cuando el interesado mantiene simultáneamente residencia, patrimonio, actividad profesional o intereses familiares en España.

En proyectos migratorios de esta naturaleza podemos analizar la situación desde España y coordinar las actuaciones que requieran intervención profesional específica en Estados Unidos.

ESTA denegado, antecedentes y problemas de entrada en Estados Unidos

Una denegación de ESTA o la existencia de dificultades migratorias anteriores no debe tratarse simplemente presentando solicitudes sucesivas sin conocer la causa del problema.

Determinados antecedentes penales, incidencias migratorias, estancias anteriores, expulsiones, denegaciones o circunstancias personales pueden afectar a la posibilidad de utilizar ESTA, obtener un visado o entrar en Estados Unidos.

En estos casos resulta especialmente importante conocer qué ocurrió, qué información consta documentalmente y qué consecuencias jurídicas puede producir.

El carácter multidisciplinar de EBAN Abogados resulta especialmente útil cuando la cuestión migratoria estadounidense está relacionada con antecedentes o procedimientos penales tramitados en España, ya que podemos analizar directamente la documentación y la situación jurídica española que sirve de antecedente al problema migratorio.

Constitución de sociedades en Estados Unidos

Estados Unidos ofrece distintas posibilidades para desarrollar una actividad empresarial y permite, con carácter general y sujeto a los requisitos aplicables, la participación de personas y empresas extranjeras en sociedades estadounidenses.

La constitución formal de una entidad puede resultar relativamente sencilla. Elegir correctamente la estructura y comprender sus consecuencias posteriores es una cuestión diferente.

Antes de constituir una sociedad conviene determinar quiénes serán sus propietarios, qué actividad realizará, dónde operará, dónde residirán fiscalmente sus socios, qué ingresos generará y qué relación tendrá la entidad estadounidense con España.

Por ello, nuestro planteamiento no consiste simplemente en registrar una sociedad, sino en analizar previamente si la estructura propuesta resulta adecuada para el proyecto.

LLC y otras estructuras empresariales

La Limited Liability Company (LLC) es una de las estructuras más conocidas por quienes desean iniciar una actividad en Estados Unidos, pero no constituye necesariamente la solución adecuada para todos los casos.

Su tratamiento jurídico y fiscal puede depender de su composición, de las elecciones fiscales realizadas y de las circunstancias de sus propietarios.

Especialmente cuando el propietario reside fiscalmente en España, resulta imprudente elegir una estructura estadounidense atendiendo únicamente a la facilidad de constitución, al coste inicial o a recomendaciones genéricas disponibles en Internet.

La entidad debe analizarse también desde la perspectiva española y teniendo en cuenta cómo interactúan ambos sistemas jurídicos y fiscales.

¿En qué Estado constituir una sociedad?

Delaware, Wyoming, Florida y otros Estados aparecen frecuentemente en recomendaciones dirigidas a emprendedores extranjeros.

Sin embargo, no existe un Estado universalmente mejor para constituir una empresa.

La elección debe atender al tipo de actividad, presencia física, clientes, inversores, costes de mantenimiento, obligaciones estatales y demás circunstancias del proyecto.

Constituir una sociedad en un Estado determinado tampoco evita necesariamente obligaciones en otro Estado si la empresa desarrolla allí una actividad que exige registro o cumplimiento de requisitos adicionales.

Obtención del EIN

El Employer Identification Number (EIN) es el número de identificación fiscal federal utilizado por numerosas entidades y negocios estadounidenses.

Puede resultar necesario para el cumplimiento de obligaciones fiscales y administrativas y es habitual que aparezca también en otras operaciones relacionadas con el funcionamiento de una sociedad.

La solicitud de un EIN para una entidad propiedad de una persona extranjera presenta particularidades que deben ser tenidas en cuenta, especialmente cuando el propietario no dispone de determinados identificadores fiscales estadounidenses.

Podemos analizar la documentación necesaria y preparar o coordinar la obtención del EIN dentro del proceso de establecimiento de la entidad.

Fiscalidad USA y obligaciones informativas

Crear una sociedad estadounidense genera potenciales obligaciones que no terminan con su registro.

Dependiendo del tipo de entidad, su propiedad y su actividad, pueden existir declaraciones fiscales federales o estatales y obligaciones informativas incluso en situaciones en las que el propietario extranjero considera que la sociedad apenas ha tenido actividad.

Un ejemplo especialmente relevante son determinadas LLC estadounidenses de un único propietario extranjero. Su tratamiento fiscal puede generar obligaciones informativas específicas ante el Internal Revenue Service (IRS).

Por ello, antes de constituir la entidad conviene conocer qué obligaciones periódicas generará y quién se encargará de su cumplimiento.

Cuando resulta necesario, coordinamos estas cuestiones con profesionales especializados en preparación y cumplimiento tributario estadounidense.

FinCEN y obligaciones de información

Las obligaciones estadounidenses de transparencia empresarial han experimentado cambios importantes durante los últimos años.

Actualmente, las entidades creadas en Estados Unidos están exentas de la obligación de presentar información sobre beneficiarios reales (BOI) ante FinCEN conforme al régimen vigente de la Corporate Transparency Act.

Determinadas entidades constituidas conforme a la legislación de otro país y posteriormente registradas para hacer negocios en Estados Unidos pueden, sin embargo, quedar sujetas a obligaciones específicas.

Dado que estas normas pueden modificarse, la situación debe comprobarse conforme a la regulación vigente en el momento de constituir o registrar la entidad.

Coordinación fiscal España–Estados Unidos

Para una persona residente en España, cumplir correctamente las obligaciones estadounidenses es solamente una parte del análisis.

La propiedad de una sociedad estadounidense, la percepción de rentas procedentes de Estados Unidos, las inversiones o la existencia de activos en ambos países pueden producir también consecuencias fiscales en España.

Por ello, cuando existe una conexión real entre ambos países, interesa evitar dos análisis completamente independientes que ignoren las consecuencias que una decisión adoptada en una jurisdicción puede producir en la otra.

Nuestro objetivo es ofrecer una visión coordinada España–Estados Unidos, recurriendo a especialistas estadounidenses cuando la materia requiere su intervención.

Coordinación con profesionales estadounidenses

Un asunto internacional no exige que todos los servicios sean prestados por una misma persona.

Dependiendo del proyecto puede resultar necesaria la intervención de abogados estadounidenses, profesionales fiscales, preparadores de impuestos, registered agents, contables u otros proveedores especializados.

En estos casos, EBAN Abogados puede actuar como punto de coordinación desde España, proporcionando al profesional estadounidense la información jurídica o documental necesaria y ayudando al cliente a comprender cómo encajan las distintas actuaciones dentro de su proyecto.

Esta forma de trabajar resulta especialmente útil para clientes que no necesitan mantener permanentemente una estructura profesional propia en Estados Unidos, pero sí contar con los especialistas adecuados cuando surge una necesidad concreta.

EBAN y nuestra práctica vinculada a Estados Unidos

La relación profesional de EBAN Abogados con Estados Unidos no se limita a la tramitación de un determinado visado o a la constitución de una sociedad.

Nuestro enfoque parte de una realidad cada vez más frecuente: personas que viven en España pero desarrollan actividades en Estados Unidos, empresarios que operan entre ambos países, familias con miembros en distintas jurisdicciones y profesionales que necesitan resolver cuestiones jurídicas a ambos lados del Atlántico.

Esta orientación internacional se desarrolla también a través de EBAN Legal y USResidence, proyectos vinculados a nuestra presencia y especialización en asuntos relacionados con Estados Unidos.

No pretendemos sustituir artificialmente a los profesionales estadounidenses cuando su intervención es necesaria. Nuestro valor consiste en comprender el proyecto desde España, resolver directamente aquello que pertenece a nuestro ámbito de actuación y coordinar las especialidades necesarias cuando el asunto atraviesa ambas jurisdicciones.

Asesoramiento sobre Estados Unidos desde España

En EBAN Abogados podemos estudiar consultas relacionadas con viajes y ESTA, visados, proyectos migratorios, constitución de empresas, EIN, fiscalidad y otras cuestiones derivadas de actividades desarrolladas entre España y Estados Unidos.

La primera cuestión consiste en determinar qué necesita realmente el cliente. En algunos casos bastará con resolver una duda concreta; en otros será necesario coordinar varias actuaciones jurídicas, migratorias, societarias o fiscales.

Las consultas iniciales son gratuitas. Cuando el asunto requiere la participación de un profesional estadounidense especializado, podemos coordinar su intervención dentro del proyecto.

También puede consultar:

Entre España y Estados Unidos, una decisión migratoria puede tener consecuencias empresariales y una decisión empresarial puede tener consecuencias fiscales. Nuestro trabajo consiste en contemplar el proyecto en su conjunto.

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