Una representación común para el interno, los profesionales, la defensa y el control judicial
En un artículo anterior planteábamos un problema relativamente frecuente en las revisiones de grado penitenciario: cómo motivar adecuadamente una decisión técnica dentro de un expediente que puede extenderse durante años.
La conclusión era sencilla.
Una revisión no necesita reproducir toda la historia penitenciaria del interno. Pero debería permitir responder a tres preguntas:
¿Dónde estábamos en la revisión anterior, qué ha ocurrido desde entonces y por qué estamos ahora aquí?
La cuestión admite, sin embargo, una segunda perspectiva.
Puede ocurrir que la información necesaria para responder a esas preguntas exista.
Puede estar en los informes psicológicos, educativos o sociales, en el programa individualizado de tratamiento, en las entrevistas realizadas con el interno, en las valoraciones de los profesionales y en los sucesivos acuerdos de la Junta de Tratamiento.
El problema puede no ser entonces la ausencia de evaluación.
Puede ser la forma en que esa información se representa y circula entre quienes intervienen en el proceso.
Y ahí aparece una cuestión distinta: la trazabilidad.
1. No se trata de evaluar más al interno
Conviene comenzar despejando un posible equívoco.
El sistema penitenciario ya dispone de mecanismos de observación, clasificación, tratamiento y revisión individualizada.
Los profesionales penitenciarios entrevistan al interno, realizan su seguimiento, identifican necesidades, establecen objetivos, desarrollan intervenciones y emiten los correspondientes informes.
El Reglamento Penitenciario contempla expresamente el programa individualizado de tratamiento y la revisión periódica de la clasificación. También establece que el profesional encargado del seguimiento debe informar al interno de los objetivos que debe alcanzar y de los medios y plazos más adecuados para conseguirlos.
No tendría demasiado sentido, por tanto, proponer como innovación que el interno sea objeto de una evaluación individual y periódica.
Ya lo es.
La cuestión es diferente:
¿existe una representación común que permita observar longitudinalmente el resultado de esas evaluaciones?
Porque evaluar y hacer trazable una evaluación no son exactamente la misma cosa.
2. Un mismo proceso, diferentes capas de información
En cualquier expediente penitenciario intervienen sujetos con posiciones muy diferentes.
El profesional que mantiene contacto directo con el interno dispone de la información derivada de sus entrevistas y de su observación.
Otros integrantes del Equipo Técnico realizan sus propias valoraciones.
La Junta de Tratamiento integra esa información y adopta una decisión colegiada.
El interno conoce aquello que se le comunica durante las entrevistas y lo que puede deducir de las resoluciones que recibe.
Su familia conoce, normalmente, la versión que él mismo le transmite.
La defensa accede inicialmente a la información que le proporciona su cliente y a la documentación disponible y, cuando resulta necesario, contrasta esa percepción con el expediente.
Finalmente, cuando existe recurso, el órgano de Vigilancia Penitenciaria puede examinar el conjunto documental para controlar la decisión adoptada.
Todos están observando el mismo proceso.
Pero no necesariamente están viendo la misma representación del proceso.
Cada uno accede a una capa diferente de información.
Eso no significa que alguien esté actuando incorrectamente.
Significa que existe un problema potencial de interfaz.
3. Informar no es exactamente lo mismo que hacer trazable
Podría objetarse que el interno ya recibe información sobre su situación mediante las entrevistas con los profesionales.
Y es cierto.
Pero una entrevista cumple una función diferente de una representación longitudinal.
Un profesional puede explicar perfectamente a un interno que su evolución es positiva pero que determinado aspecto necesita todavía consolidación.
Meses después puede producirse una nueva entrevista. Puede intervenir el mismo profesional u otro diferente. Pueden haber cambiado algunos objetivos. Puede haberse completado un programa. Puede aparecer una nueva circunstancia familiar o social.
Y cuando llega la siguiente revisión, el interno dispone de recuerdos, explicaciones y resoluciones sucesivas, pero no necesariamente de una imagen común que le permita comparar fácilmente su situación actual con la anterior.
La información existe.
Lo que puede faltar es su trazabilidad.
La diferencia es importante.
Una sucesión de fotografías no constituye necesariamente una película. Para observar evolución necesitamos poder relacionarlas.
4. Una representación común de la evolución
La propuesta podría ser relativamente sencilla.
A partir de una revisión en la que exista ya una trayectoria penitenciaria suficientemente observable, los principales ámbitos relevantes para la evolución del interno podrían disponer de una representación estructurada.
No sustituiría a los informes.
Tampoco establecería un sistema automático de puntuación.
Sería simplemente una capa de información situada sobre el expediente técnico.
Podría adoptar, por ejemplo, una representación semejante a la siguiente:
Las categorías concretas podrían ser otras.
Podrían utilizarse expresiones como consolidado, en evolución, necesita mejorar o precisa observación adicional.
Incluso sería posible incorporar indicadores visuales sencillos que permitieran identificar rápidamente el estado de cada área.
Lo importante no es el diseño concreto.
Lo importante es que detrás de cada valoración continúe existiendo el informe profesional que la sustenta.
La simplificación de la información no implica simplificar la valoración.
Un indicador no sustituye al informe psicológico, educativo o social.
Permite localizarlo y comprender qué función desempeña dentro de la evolución global.
5. Los objetivos tampoco tienen que permanecer inmóviles
La trazabilidad no debería convertirse en otro mecanismo de rigidez.
El tratamiento penitenciario es dinámico.
Un objetivo puede alcanzarse. Puede resultar insuficiente. Puede necesitar reformulación. Puede dejar de ser relevante. Puede aparecer otro que inicialmente no había sido detectado.
Incluso una valoración favorable puede modificarse si posteriormente aparecen elementos que aconsejen reconsiderarla.
La coherencia longitudinal no significa que todas las revisiones tengan que decir lo mismo.
Significa justamente lo contrario: que cuando algo cambia podamos saber qué ha cambiado y por qué.
Por ello, una representación común debería permitir añadir, modificar, consolidar o abandonar objetivos, dejando constancia de esa evolución y de su soporte técnico.
No se trataría de encerrar al interno dentro de la primera valoración realizada sobre él.
Se trataría de poder seguir el recorrido de las valoraciones posteriores.
6. La trazabilidad hace visibles las discontinuidades
Aquí aparece probablemente la principal utilidad del modelo.
Imaginemos que durante varias revisiones determinado objetivo permanece como «necesita mejorar».
Eso puede ser perfectamente correcto.
El tratamiento no garantiza resultados y un interno puede no evolucionar pese a una intervención profesional adecuada.
Pero la continuidad de esa valoración permite formular algunas preguntas:
- ¿Qué intervención se ha realizado?
- ¿Qué resultado ha producido?
- ¿Por qué continúa pendiente?
- ¿Debe mantenerse el mismo objetivo?
- ¿Es necesario modificar la intervención?
- ¿O sencillamente el interno no está respondiendo a ella?
También puede ocurrir lo contrario.
Un interno cuya evolución venía siendo considerada insuficiente puede recibir repentinamente una valoración extraordinariamente favorable.
Puede existir una explicación perfectamente razonable.
La trazabilidad simplemente permite localizarla.
Lo mismo sucede ante una evolución negativa inesperada.
La evolución penitenciaria no tiene por qué ser lineal. Puede haber avances, retrocesos, estancamientos y objetivos que deban reformularse.
Lo que un sistema individualizado debería permitir detectar son las discontinuidades inexplicadas.
Y esto convierte la propuesta en algo importante: no es un mecanismo favorable al interno ni contrario a la Administración.
Es un mecanismo de consistencia.
7. También cambiaría la posición de la defensa
Existe además una consecuencia práctica que conocemos bien quienes intervenimos profesionalmente en esta materia.
El interno puede considerar que su evolución es excelente.
No tiene partes. Participa en las actividades. Ha realizado los programas que le han indicado. Su relación con los profesionales es correcta.
Y recibe una nueva resolución de mantenimiento en segundo grado.
Su conclusión resulta comprensible:
«No entiendo por qué no progreso».
A partir de ahí aparece inevitablemente la defensa.
La relación abogado-cliente incorpora además un elemento que no debería ignorarse: el interno necesita saber que su situación está siendo seguida y que, cuando recibe una decisión que considera injustificada, su abogado actúa.
Se interpone entonces un recurso.
Y al acceder al expediente puede descubrirse que existe una valoración técnica concreta, perfectamente documentada, que explica aquello que la resolución no había permitido comprender al interno.
En otros casos sucede justamente lo contrario: la valoración final resulta difícil de conciliar con informes que reflejan una evolución favorable.
Son situaciones jurídicamente muy diferentes.
Una interfaz común permitiría distinguirlas antes.
El abogado podría partir de la misma representación que conoce el interno y acceder desde ella a los informes que sustentan cada valoración.
Si existe soporte técnico suficiente, podrá explicárselo a su cliente y valorar responsablemente la utilidad de un recurso.
Si no existe, o si aparece una contradicción relevante entre la valoración resumida y los informes, tendrá identificado el verdadero objeto de la impugnación.
La trazabilidad no serviría solamente para recurrir mejor.
En algunos casos serviría para no recurrir innecesariamente.
8. Y simplificaría el control judicial
La misma lógica puede trasladarse al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria. (Secciones de Vigilancia Penitenciaria en su actual terminología),
Cuando una decisión es impugnada, el órgano judicial dispone del expediente para realizar su función de control.
Pero un expediente desarrollado durante años puede contener centenares de páginas.
La alternativa no puede consistir entre aceptar sin más la conclusión técnica o reconstruir arqueológicamente toda la trayectoria penitenciaria cada vez que existe un recurso.
Una representación longitudinal ofrecería un punto de entrada mucho más eficiente.
¿Qué objetivos existían? ¿Cuál era su situación en la revisión anterior? ¿Qué valoración reciben ahora? ¿Qué cambio se ha producido? ¿Dónde está el informe que lo sustenta?
El órgano judicial seguiría teniendo acceso al expediente completo.
Y seguiría sin corresponderle sustituir la valoración propia de psicólogos, educadores, trabajadores sociales, juristas y demás profesionales penitenciarios.
Pero podría comprobar con mucha mayor facilidad si la decisión adoptada tiene un soporte reconocible y mantiene una relación coherente con la evolución documentada.
La motivación no elimina la discrecionalidad técnica; la hace jurídicamente controlable.
La trazabilidad puede hacer ese control, además, más sencillo.
9. Una misma interfaz para distintas funciones
La misma representación podría servir así a sujetos que desempeñan funciones completamente diferentes.
El profesional la alimenta mediante sus valoraciones.
El interno conoce su situación.
La defensa puede contrastarla con los informes.
El órgano judicial puede controlar la correspondencia entre evolución, soporte documental y decisión.
No todos necesitan acceder a la misma profundidad de información.
Ni necesariamente deben hacerlo.
Pero sí pueden compartir una representación básica del estado y evolución del proceso.
En términos muy sencillos:
El interno la comprende. El abogado la contrasta. El juez la controla.
Detrás seguiría existiendo toda la complejidad del expediente penitenciario.
Delante existiría una interfaz común.
10. No hace falta que una máquina decida
Desde el punto de vista tecnológico, una estructura semejante tampoco presenta una dificultad conceptual extraordinaria.
No exige inteligencia artificial.
No requiere convertir la clasificación penitenciaria en un algoritmo.
Y mucho menos atribuir a una máquina la decisión sobre la progresión de grado.
Un sistema de información podría limitarse a conservar la valoración anterior, presentar los objetivos vigentes, permitir su actualización, relacionar cada estado con los informes correspondientes y registrar las razones de los cambios relevantes.
La decisión continuaría siendo humana.
La valoración continuaría siendo profesional.
La Junta de Tratamiento seguiría adoptando el acuerdo que considerase procedente.
La tecnología se limitaría a hacer visible la continuidad de la información.
Porque una cosa es automatizar una decisión.
Y otra muy diferente es organizar la información necesaria para poder comprenderla y controlarla.
11. Quizá la capa que falta sea la más sencilla
El sistema penitenciario español dispone de profesionales especializados, programas de tratamiento, entrevistas, informes, órganos colegiados de decisión, revisiones periódicas y control judicial.
No parece que el problema pueda resolverse simplemente produciendo más información.
Quizá convenga preguntarse cómo se organiza la que ya existe.
Si las sucesivas evaluaciones pudieran observarse sobre una misma representación longitudinal, interno, profesionales, defensa y órgano judicial dejarían de aproximarse necesariamente al proceso desde capas informativas diferentes.
La consecuencia no sería una progresión más rápida ni más lenta.
Tampoco una reducción de la discrecionalidad técnica.
Sería algo mucho más modesto:
hacer visible la evolución sobre la que precisamente debe operar esa discrecionalidad.
En el artículo anterior concluíamos que una buena motivación penitenciaria no necesita contar de nuevo toda la historia; debe permitir continuarla.
La propuesta puede formularse ahora de otra manera:
si el sistema pretende valorar la evolución individual del interno, deberíamos poder verla.
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